Declaración de Fideicomiso/Trust Privado.

Declaración de fideicomiso privado


DECLARACIÓN DE TRUST de VIDA PRIVADA/PRIVADO:
por «Los nombres del otorgante / Trustees/Fideicomisarios/Fiduciaries/Absceas?»
Estrictamente privado y confidencial
Este fideicomiso privado se expresó inicialmente verbalmente por y entre ___________________y __________________en el __ días del mes de _________, en el año conocido como ______, el cual será considerado por todas las partes involucradas, interesadas y afectadas a ser la fecha en que se formó el Fideicomiso/Trust de la familia.

1. La intención de que el otorgante / SINDICOS
El Concedente / Síndicos presente declaramos que todos los bienes que figuran en el Anexo A de la presente Declaración se llevará a cabo en la confianza perpetua para el beneficio de los beneficiarios mencionados en el presente documento, hasta el momento en la confianza sea terminado [si alguna vez], en cuyo caso la propiedad revertirá volver al Concedente / Síndicos, libres y claro, o para los beneficiarios en el caso de la desaparición de ambos Concedente / Síndicos.

2. El nombramiento de los otorgantes como fiduciarios
El Concedente / Síndicos de acuerdo expresamente y convenio, ya sea individualmente o en conjunto, para actuar como fiduciarios, representantes autorizados, agentes, administradores y / o apoderados en los hechos, con facultad de sustitución para hacer lo siguiente:

a) indorse o de otra manera firmar, sin responsabilidad alguna, todos los documentos e instrumentos de cualquier tipo o naturaleza, siempre que se solicite o se requiere con el fin de autenticar los documentos creados y / o servido en todas las actividades entre el Fondo y otras entidades legales de una firma;
b) Demandar, recopilar, recibir, emitir recibos para, demandar y recuperar todas las sumas de dinero u otros bienes que pueden convertirse ahora o en el futuro debido, habido, o por pagar al Fideicomiso;
c) ejecutar, firmar y endosar cualquiera y todos los documentos, facturas, reclamaciones, instrumentos, recibos, cheques, pagares, giros u órdenes emitidas en el caso de cualquier circunstancia;
d) resolver o comprometer cualquier y todas las reclamaciones, existentes en la actualidad o en el futuro surjan, en contra del Fideicomiso/Trust y / o cualquier propiedad otorgada en este documento o de otra manera; y
e) presentar cualquier reclamo (s) o tomar cualquier acción (s) o instituto o participar en cualquier procedimiento (s), ya sea en su propio nombre o en nombre de la confianza o de otra manera, en el Concedente / discreción conjunta Custodios.

Además, el autógrafo y / o sello del Concedente / Depositario sobre cualquier instrumento, licencia, permiso o cualquier documento existente en la actualidad o en el futuro surjan, en la que el nombre del Fideicomiso/Trust se demuestre independientemente de cuál sea, es por este medio la autorización del Trust.

El Concedente / Síndicos puede también abrir cuentas, recibir, abrir y / o disponer de todo el correo dirigido a la confianza, y cambiar cualquier dirección a la que el correo y los pagos han de ser enviados. Este poder y la autoridad conferida por este medio es irrevocable por cualquier otra parte, quedando con vigor y efecto hasta que sea terminado en el Concedente / discreción conjunta Custodios.

3. Los fines del Fideicomiso/Trust
a) El propósito de la Fundación es el de proteger los intereses de ser establecidos por la presente Declaración y cualquier acto posterior, cuya ejecución comprende la autorización de la Fundación para el Concedente / Síndicos para ejecutar cualquiera y todas las formas y / u otros documentos, incluyendo (sin limitación) cualquier y todas las declaraciones de financiación, como y cuando se considere necesario, con el fin de garantizar que la propiedad de la Fundación está protegida y mantenida para el máximo beneficio de los beneficiarios.
b) Esta Declaración también funciona como un compromiso expreso por parte del otorgante / fiduciarios que cumpla todas las obligaciones fiduciarias necesarias, incluidas las expresadas en el artículo 2 de la presente Declaración. El Concedente / Síndicos también garantiza que sostienen buen título a la característica de la presente se otorga al Fideicomiso/Trust, libre de toda carga y gravamen legales.
c) Tras la ejecución de esta Declaración como una escritura, los bienes enumerados en el Anexo A [una lista de la propiedad otorgada en la confianza, en anexo a este documento, junto con cualquier acto posterior] está sujeta al control privado del Fideicomiso/Trust. Dicho Fideicomiso/Trust también pacta expresamente que el Concedente / Síndicos NUNCA se llevará a cabo para ser fiadores, valores y / o partes de alojamiento para el fideicomiso o cualquier otra entidad legal realice operaciones en su nombre (s).

4. subordinación a las pretensiones de la CONCEDENTE / SINDICOS
a) Las deudas contraídas por el Fideicomiso/Trust para el Concedente/Síndicos (si lo hay), ya sea actuales o futuros que surja, tendrá prioridad sobre cualquier y todos los reclamos que terceras personas puedan formular a los bienes enumerados en el Anexo A.
b) El Fiduciario presente subordina expresamente todas las reclamaciones contra el Concedente / Síndicos, sobre cualquier cuenta en modo alguno, a las afirmaciones de que el otorgante / Síndicos tienen o tendrán en contra de la Confianza (si lo hay).

5. DERECHOS, RECLAMOS Y RECURSOS:
Los derechos, recursos y remedios disponibles al Fideicomiso/Trust serán ejercidos en todos los lugares y jurisdicciones del Fideicomiso/Trust de la Comunidad Universal (UCT-Universal Community Trust).

6. DIVISIBILIDAD Y EXENCIONES:
a) Si una o más disposiciones de la presente Declaración se considera no válida o no aplicable por cualquier motivo, las disposiciones restantes continuarán siendo válidas y aplicables. Si un Tribunal competente encuentra que una o más disposiciones de este acuerdo es inválida o no ejecutable, pero que, al limitar dicha disposición (s) se convertiría válida o ejecutable, dicha disposición (s) se considerarán escrita, interpretada y ejecutada como tan limitado.
b) La falta de cumplimiento de una o más disposiciones de la presente Declaración no deberá interpretarse como una renuncia o limitación del derecho a aplicar y exigir el cumplimiento estricto de todas las disposiciones de la presente Declaración posteriormente.
c) La confianza no se considerará que ha renunciado a los derechos en virtud de la presente Declaración menos que dicha renuncia se informe por escrito y sea ejecutada por el Concedente / Síndicos. Ninguna demora u omisión por parte del Concedente / Síndicos en el ejercicio de un derecho constituirá una renuncia a tal derecho o cualquier otro derecho. La renuncia a una disposición de esta Declaración no irá en detrimento ni constituirá una renuncia del derecho a exigir de otro modo estricto cumplimiento de dicha disposición o cualquier otra disposición de la presente Declaración.
d) La renuncia previa por parte del Fiduciario, ni ningún curso de las negociaciones entre el Concedente / Síndicos y el Fideicomiso, constituirán una renuncia de cualquiera de los derechos conferidos por la presente Declaración. Siempre que se requiera el consentimiento del otorgante / Administradores según la presente Declaración, la concesión de dicho consentimiento en un caso, no se considerará consentimiento sobre el conjunto.

7. INTERPRETACIÓN Y ENMIENDAS:
Esta Declaración, junto con la Lista A y cualquier otra documentación debidamente autorizados al presente anexo, comprenden la totalidad del entendimiento y la intención de la Fundación, en cuanto a las cuestiones establecidas en este documento. Sin alteración o modificación de la presente Declaración serán efectivos a menos que se exprese por escrito, sellado por la confianza y ejecutado por el Concedente / Síndicos.

8. Eximir de toda responsabilidad e indemnización ENLACE:
El fideicomiso acepta expresamente y de pactos que va a mantener indemne y llevar a cabo la indemnización del Concedente / Síndicos de y contra cualquiera y todas las reclamaciones, acciones legales, pedidos, warrants, juicios, demandas, responsabilidades, cuentas, pérdidas, declaraciones, citaciones, demandas, costos, multas, embargos, gravámenes, multas, daños y perjuicios, los intereses y gastos, tanto absolutas como contingentes, como son debidos y, según se muestre debido, existentes en la actualidad y como era de aquí en adelante surgir, y como era de sufrido / incurra, como así como impuesta al Fiduciario, por cualquier razón, el propósito o causa que sea, excepto actos premeditados de fraude o negligencia grave. Para evitar dudas, el otorgante / Síndicos no podrá, en ningún caso, ni en modo alguno, ser considerado parte de alojamiento, o una fianza, por la confianza.

9. JURISDICCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
La jurisdicción única y exclusiva para la resolución de todos los conflictos y quejas será la de UNIVERSAL confianza de la comunidad, con sujeción únicamente con el consentimiento de las partes de este instrumento y de conformidad con lo prescrito en la presente Declaración, salvo acuerdo en contrario y expresen en forma apropiada en el presente documento o como una enmienda debidamente autorizada por el Concedente / Síndicos.

10. Los beneficiarios del Fideicomiso/Trust:
Sin limitación, los nombres de los descendientes de los Concedente / Síndicos u otros individuos nombrados por el Concedente / Síndicos. Toda la información sobre los beneficiarios se llevará a cabo como bienes en fideicomiso y tratada de forma estrictamente privada y confidencial, a menos que se acuerde lo contrario por el otorgante / Síndicos en interés de la protección de sus intereses beneficiosos.

Ejecutado como un Acto por el Concedente ……………………………-Fiduciario

Autógrafo y Sello ………………………………………
En la presencia de:-
Nombre……………………………………………………………
Localización de correo ……………………………………………

Autógrafo……………………………………………………

Ejecutado como un Acto por el Concedente …………………………-Fiduciario

Autógrafo y Sello ………………………………………
En la presencia de:-
Nombre……………………………………………………………
Localización de correo ……………………………………………

Autógrafo……………………………………………………

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5 Comments

    1. Buenos días adan, perdona, pues mirate: Affidativ of truth, affidativ, declaraciones juradas, juramentos en el blog, y empieza por ahí, declara lo que eres propietario de, si con toda seguridad, sin duda ni confusión, ese es el gran paso, confiar en tí mismo y saber lo que eres propietario.

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